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TEEP ordena al IEE y al INE registre a Claudia Rivera Vivanco, en el Catálogo de Sujetos Sancionados por Violencia Política en contra de las Mujeres

TEEP-AE-114/2021.

Denunciado por una ciudadana quien fue servidora pública del Ayuntamiento de Puebla, Puebla, en contra del otrora Presidente Municipal, por la presunta comisión de actos de Violencia Política contra las Mujeres en razón de Género y en cumplimiento a lo ordenado en la sentencia SCM-JDC-221/2022 por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación correspondiente a la Cuarta Circunscripción Plurinominal con cede en Ciudad de México

En consecuencia, respecto del asunto especial 114/2021 se resuelve:

PRIMERO: Se declara la EXISTENCIA de Violencia Política en contra de las mujeres en razón de género, realizada por Claudia Rivera Vivanco, en términos de lo razonado en la presente sentencia y en consecuencia se confirman las medidas de tutela y protección a favor de la víctima.

SEGUNDO. Se ordena a la denunciada acatar los efectos del presente fallo, así como las medidas de reparación y garantías de no repetición, en concordancia a lo establecido en la ejecutoria en que se actúa.

TERCERO. Se solicita al Instituto Electoral del Estado de Puebla y al Consejo General del Instituto Nacional Electoral realice el registro de Claudia Rivera Vivanco, en el Catálogo de Sujetos Sancionados por Violencia Política en contra de las Mujeres en razón de Género, en los términos establecidos en el apartado de efectos de la ejecutoria que se dicta.

TEEP-AE-029/2022

Promovido por una Regidora del entonces Ayuntamiento del Municipio de Puebla, en contra de la entonces Presidenta Municipal del citado Municipio, por la presunta comisión de actos de Violencia Política contra las Mujeres en razón de Género y calumnia.

En el proyecto no se encuentra la conducta consistente en calumnia, toda vez que en la sesión de Cabildo de once de agosto de dos mil veinte, no se acredita ninguno de los elementos previstos por la Sala Superior de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Respecto del asunto especial 29/2022 se resuelve:

ÚNICO: Se declara la INEXISTENCIA de las conductas denunciadas consistente en propaganda calumniosa y violencia política en razón de género en contra de las mujeres atribuida a Claudia Rivera Vivanco.

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